Shulján Aruj
Código de Leyes Judías

Selección de Leyes

Shulján Aruj. Yoré Deá 160 y 170

(1) Uno se debe cuidar sobre el préstamo a interés (Éxodo 22:4), se mencionan muchos mandamientos en la Torá al respecto. Tanto el prestamista como el garante y los testigos transgreden. (Ramá: No existe diferencia si se presta a un hombre pobre o a un rico).

(2) Quien presta a interés hace temblar sus posesiones. Se considera como si hubiera negado el éxodo de Egipto y al Di-s de Israel.

(3) Si uno retribuye su dinero, diciendo que pertenece a un gentil, y lo presta a interés, el Santo, Bendito Sea, le impondrá un castigo.

(4) Aunque el prestamista le dé dinero adicional por su propia voluntad en el momento del repago, sin éste haberlo estipulado con él, y sin éste decirle que le está dando extra como interés, está prohibido.

(5) También está prohibido prestar a interés a los propios hijos y demás miembros de la familia, aunque no sea muy estricto y seguramente se los dé como regalo.

(6) Si un judío toma prestado con interés de un gentil, está prohibido que otro judío sea el fiador.

(7) Si un gentil presta dinero con interés de un judío, también está prohibido que un judío sea su fiador.


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